La Fiscalización y Control de lo Público
Resumen de Pedro Luis Mier de la conferencia de José Ignacio Martinez Churiaque
El pasado 21 de abril tuvimos la oportunidad de escuchar, en la sesión ordinaria del Foro, la interesante aportación que sobre el control de las cuentas públicas nos facilitó José Ignacio Martínez Churiaque, catedrático de la EHU/UPV.
José Ignacio une, a su importante bagaje técnico, el haber ostentado la Presidencia del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas entre los años 2009 y 2015.
Desde el principio de su charla quiso dejar clara la diferente cultura de rendición de cuentas entre el sector privado y el público y, en lo que a este concierne, como se articulan los procedimientos de control a través de la actividad funcionarial interna y las instituciones de control externo, como es el supuesto de los Tribunales de Cuentas.
Aportó José Ignacio, en parte de su exposición, un cuadro que mostraba claramente el nivel de seguimiento, ya que, de las 22.078 entidades del sector público, estaban auditadas, en 2011, por los distintos organismos (tribunales de cuentas, órganos de control externos y firmas privadas) solamente 2.433, es decir el 11%, siendo especialmente significativas las carencias a nivel local ya que, de 19.030 eran 1.109 las auditadas, es decir, un escaso 6%.
Entre otros comentarios que, a lo largo de su documentada exposición previa, y posterior respuesta a las cuestiones planteadas por los asistentes, consideramos más relevantes en esta breve reseña, y no necesariamente en el orden de su exposición, destacamos:
Los Tribunales de Cuentas son órganos del Parlamento:
El TVCP es el supremo órgano fiscalizador de las actividades financieras y contables del Sector Público Vasco (SPV) creado por Ley el 5 de febrero de 1988. Dependiente directamente del Parlamento Vasco, que lo nombra y ante quien debe de rendir cuentas, actúa, sin embargo, con independencia incluso del propio Parlamento. Su ámbito material de actuación lo constituyen:
La legalidad de la actividad económico financiera del SPV.
La eficacia y eficiencia de la actividad del SPV.
El sometimiento de la documentación financiera a los principios contables que sean de aplicación.
La correcta utilización y destino de las ayudas percibidas
En opinión de José Ignacio, toda esta labor debe hacerse siendo conscientes de que no hay procedimientos suficientemente desarrollados para evaluar políticas públicas, por lo que tanto eficacia como eficiencia no son fácilmente controlables. Es asimismo relevante el hecho de que la rendición de cuentas no existe en el ámbito público, y que las auditorias se publican 2 años más tarde, aun siendo exquisitos en el cumplimiento de los plazos.
En su opinión, las “salvedades” o incumplimiento de principios se generan en distintos campos como:
La adquisición de bienes y servicios en que algunos de estos principios, como el de “publicidad y concurrencia”, es fácilmente evitable mediante los fraccionamientos a nivel departamental para actuar en adjudicación directa, evitando el concurso público.
Las modificaciones y reformados de obras que, adjudicadas por un importe, sufren modificaciones de hasta el 50% sin justificarse los incrementos, y que terminan por desnaturalizar el contrato.
Facturación por trabajos de asesoramiento en labores propias de la gestión departamental.
Concesión de subvenciones directas, incumpliendo los requisitos de excepcionalidad, y sin justificar suficientemente la imposibilidad de promover los principios de publicidad y concurrencia.
Contratación de personal temporal sin respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que en algunos supuestos siguen prestando servicios cuando sus contratos se han extinguido. No olvida tampoco, en el apartado de personal, los procesos de selección poco transparentes o el tratamiento fiscal favorable de algunas cesantías de altos cargos.
En opinión de José Ignacio, tampoco el diseño de la organización del SPV ayuda al control, ya que cada ejecutivo se dota del suyo, y la estructura foral lo complica. Por otra parte, a nivel general, es significativo que los planes de contabilidad pública los hace cada oficina del servicio de intervención económica. Con lo cual se produce una “feliz” convivencia de compartimentos estancos.
Sin olvidar que, en muchas ocasiones, y para huir de los controles públicos, se crean entidades que escapan al sistema del control, tal como ya hemos señalado. Recordamos que, de las más de 22.000 entidades públicas existentes en el Estado, más de 19.000 no están auditadas.
El TVCP tiene una plantilla de alrededor de 80 personas, de las cuales, aproximadamente, 65 son titulados superiores dedicados directamente a labores de fiscalización. El producto de su actividad se traduce en la emisión de informes de fiscalización, previamente aprobados por el Pleno del Tribunal, constituido por 7 miembros, elegidos cada seis años por mayoría absoluta en el Parlamento Vasco.
Sobre la configuración de los tribunales y su función, que en el caso de los de Cuentas, como se puede apreciar por el encargo encomendado no es la de juzgar, parece evidente que “nunca el controlado debe dar el puesto al controlador”, y debe servir esto tanto para garantizar la independencia de los miembros del Pleno como p. ej. para algunos de los puestos existentes en la Administración Local, en la que hay Secretarios (control jurídico) o Interventores (control económico) que no pertenecen al cuerpo funcionarial, sino que son nombrados por el Alcalde, y siendo contratados administrativos su salario depende, en gran parte, de las decisiones de los propios alcaldes, por lo que sus actuaciones suelen estar mediatizadas. No es por tanto extraño que, de los 8.000 municipios, más de 1.000 están siendo investigados por corrupción.
Otra apreciación es que, si consideramos que lo importante son las Instituciones, no se puede dar toda la capacidad de decisión a los partidos. Considera José Ignacio que hay que reconducir algunas actuaciones institucionales ya que no se puede renunciar a los derechos civiles en base a la política de partido.
Finalmente, concluyó su intervención con una importante reflexión respecto a las reformas que considera deberían emprenderse para el control de lo público, en base a tres ejes que entiende básicos como son: (1) nuevo consenso sobre la legitimación del origen, (2) mejoras en la legitimación del funcionamiento, y (3) universalización de la auditoría financiera.
Los informes aprobados por el TVCP son enviados al Parlamento Vasco, a los fiscalizados y otras Administraciones de la CAE, publicados en el Boletín Oficial del País Vasco y, en el ánimo de la máxima transparencia, son enviados también a los medios de comunicación con implantación en la CAE. y publicados en la página web del Tribunal (https://web.tvcp.org/es/)
Muchísimas gracias José Ignacio.
José Ignacio Martinez Churiaque
Catedrático en Facultad de Economía y Empresa de la UPV/EHU, Facultad de Economía y Empresa de la UPV/EHU, Docencia e Investigación.
Presidente del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (junio 2009 – julio 2015), Dirección de la organización, Informes de fiscalización.
Catedrático de Universidad UPV/EHU (abril 1984 – diciembre 2012), Docencia e Investigación.
Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales UPV/EHU (marzo 1995 – mayo 1998), Dirección de la organización.
Decano-Presidente Colegio Vasco de Economistas – Ekonomisten Euskal Elkargoa (abril 1984 – marzo 1988), Dirección de la organización.
Reconocimientos y premios: Medalla de la Orden del Mérito Constitucional, Miembro de Honor del REA+REGA Auditores del Consejo General de Economistas.
Experiencia de voluntariado y causas benéficas: Secretario General Fundación para la Libertad (junio 2002 – junio 2009, Derechos humanos, defensa de la libertad de los ciudadanos españoles amenazados por la actividad terrorista de ETA.
https://es.linkedin.com/in/josé-ignacio-martínez-churiaque-8b649061
